¿POR QUÉ TENER REGLAS EN LOS CONDOMINIOS?

¿POR QUÉ TENER REGLAS EN LOS CONDOMINIOS?

¿Va a adquirir una propiedad en un desarrollo con régimen de Condominio?
En tal caso analice previamente su Reglamento. Es un ejercicio sano y que puede definir su decisión.
Al invertir en una propiedad en condominio, se compromete a cumplir con el Reglamento que rige la convivencia, los derechos y los deberes en el complejo. De allí que es altamente recomendable analizar detenidamente dicho documento, que tiene fuerza de Ley, antes de tomar la decisión de invertir en una vivienda bajo dicho régimen.
¿Qué es el Reglamento de un Condominio? No es más que el conjunto de reglas y normas que regirán, con fuerza de ley, la vida diaria del Condominio, afectando directa y fuertemente su inversión.
En la mayoría de los países, la Ley que establece la normativa para la propiedad en condominio (que en adelante nos referiremos como La Ley), establece un contenido mínimo que debe incluir el Reglamento de cada uno. Pero es el Reglamento ya desarrollado, con una regulación y normativa concretas y específicas para cada Condominio, el que tendrá un impacto directo en su calidad de vida en el Condominio y en la rentabilidad y mantenimiento del valor de su inversión.
Por lo anterior y especialmente si la inversión es para residir en la vivienda, es altamente recomendable identificar y analizar previamente algunos elementos cuya reglamentación de la Vida Residencial responda a sus intereses y observen LA LEY.
i) Cuota Ordinaria o Cuota de Gastos Comunes: ¿cómo se calcula?; ¿cuál es la relación con el peso del voto en Asamblea General de Condóminos?
ii) Diferenciación de cuotas. En caso de Condominios donde existen lotes construidos y otros sin construir.
iii) Cuota de seguro para bienes/áreas comunes: La mayoría de los marcos legales existentes incluyen en LA LEY la obligatoriedad de contar con un seguro de las áreas y bienes comunes (especialmente importante en el caso de Condominios en construcciones verticales). El Reglamento debe incluir la distribución de la cuota por condómino y las sanciones en caso de no pago de la misma.
iv) Administración del Condominio: Forma y condiciones (horario, plazo, etc.) según la cual se nombra o remueve al administrador (empresa o individuo)
v) Responsabilidades de la Administración: definir la forma de manejo de los fondos del Condominio así como la representación legal del Condominio.
vi) Responsabilidades/Obligaciones de Propietarios: debe incluir una clara definición de las responsabilidades de los Propietarios y en caso de alquilar la vivienda, definir con claridad cuáles y de qué forma pueden ser trasladadas al arrendatario. De igual manera debe incluir las sanciones a que estarán expuestos de no cumplir con el Reglamento.
vii) Uso de la vivienda: Si bien en muchos países se establece legalmente el uso que se puede dar a una vivienda, el Reglamento debe incluir con total claridad la prohibición de un uso no aceptado por la Asamblea General de Condóminos. Con frecuencia se establece una normativa para mantener mascotas en las viviendas.
viii) Conducta adecuada en Vida Residencial en Condominio: ¿Cuáles serían las conductas prohibidas o no permitidas en el Condominio? ¿Qué sanciones o multas corresponde aplicar en caso de mala conducta?
ix) Normativa de Construcción y/o Modificaciones: ¿cuáles son las normas que regulan la construcción en casos de: encerramientos, techados, altura, retiros, aceras, estilo arquitectónico, estacionamientos y aprovechamiento de los mismos (en condominios en altura), cierre de balcones (en caso de condominios en altura)?
Regular estos y otros aspectos de la vida del Condominio se convierte en algo imperante para evitar que el Condominio se convierta en un espacio libre, peligrosamente abierto a actitudes y acciones arbitraria o a incertidumbres que provocarán innecesariamente, fricciones, descontento y hasta reacciones muchas veces violentas. Así, analizar estos elementos básicos puede influir sobre su decisión de inversión.
Vivienda como inversión. Ya sea que su decisión de comprar una vivienda es desde un inicio con fines de inversión (resida o no en ella temporalmente) es importante analizar que el Reglamento incluya otros elementos, adicionales a los anteriormente mencionados.
i) Fondo de reserva: asegurar que existe una cuota adicional para crear un fondo de reserva que asegure contar con recursos para eventualidades o para tareas de mantenimiento no rutinario.
ii) Normativa para el alquiler, subalquiler o forma de venta: El Reglamento pudiera contener regulaciones y normativas definidas para el alquiler de la propiedad (períodos mínimos, número de personas que habitarán la vivienda, transferencia de responsabilidades del propietario al arrendatario, etc.). De igual manera algunos Reglamentos establecen específicamente normas obligatorias que debe seguir el propietario al momento de vender la propiedad (solvencia de pagos de compromisos como cuota ordinaria, cuota de reserva, cuotas extraordinarias aprobadas por Asamblea General, cuota de seguro áreas o bienes comunes, multas o sanciones pendientes, etc.).
iii) Normativa para fusión, segregación o modificación de la propiedad. Los Reglamentos deben contener reglas para los casos de fusión, segregación o afectación de la propiedad en el Condominio. De estas manera, junto con las normativa que rige la construcción se mantiene un “orden territorial” en el Condominio, preservando el valor del mismo y de las viviendas construidas.
iv) Claridad en la responsabilidad de decisión o aprobación de construcciones y/o modificaciones a construcciones existentes. El Reglamento debe incluir una definición clara de la instancia adecuada (preferiblemente una comisión, si bien puede ser un profesional debidamente calificado) para aprobar proyectos de construcción y/o ampliación/modificación de viviendas existentes. Esto reduce la posibilidad de rechazo arbitrario de proyectos y asegura la observación de la normativa.
No contar con estos elementos en el Reglamento crea una incertidumbre que afecta directamente las previsiones financieras que tenía al hacer al hacer la inversión. Este sería el caso de comprar con la idea de subdividir el lote para construir otra(s) vivienda(s) o un tipo de edificación no permitida, requiriéndose en tal caso presentarlo a la totalidad de condóminos para lograr un aprobación unánime del proyecto.
¿Cómo conocer el reglamento y las normativas de un Condominio?
En primer lugar solicitando una copia del Reglamento inscrito (en la mayoría de los países los Reglamentos son inscritos en el Registro Público), así como de las modificaciones que tuviera.
También es altamente recomendable solicitar una copia del Libro de Actas de Asambleas Generales (eventualmente, de manera complementaria, una copia del Libro de Actas de reuniones de Junta Directiva), a fin de conocer los acuerdos que se puedan haber tomado y que pudieran estar relacionados con sus intereses.
Adicionalmente, es recomendable solicitar una copia de Reglamentos complementarios que pudieran existir, tales como reglamento para el uso de áreas/bienes comunes como parques, piscinas, casa club, gimnasio, saunas, elevadores (en Condominios verticales), recepción, estacionamiento de visitas, etc.
Nuestra experiencia nos ha demostrado que un gran cantidad de los variados problemas que se enfrentan en la vida diaria en régimen de condominio, se pueden evitar o solucionar fácilmente si: i) se cuenta con una Administración profesional y adecuada; ii) dicha Administración dispone de las herramientas necesarias y adecuadas para responder a su mandato; y iii) existe un conjunto de reglas y normativas claras que delimita tanto los deberes como los derechos de los propietarios y aseguran la protección de los intereses que definen la decisión de una inversión fundamental en nuestra vidas.
Con el desarrollo de las ciudades y el crecimiento acelerado que está teniendo la población urbana, son cada día más los desarrollos que se ejecutan en régimen de condominio, donde los propietarios o/y residentes buscan una mejor estilo y nivel de vida, que requiere de buenas normas de convivencia.

Cuando se trata de nuestros bienes, no debemos acomodarnos a verlos como se deterioran……. ¡Perdemos dinero!

Cuando se trata de nuestros bienes, no debemos acomodarnos a verlos como se deterioran……. ¡Perdemos dinero!

Qué alegría cuando recibimos nuestro apartamento o casa nuevos, impecables, todo funcionando, hermoso. Seguramente nos ha costado muchos sacrificios para lograr ese tan anhelado objetivo……. Nuestra casa propia.

Alcanzar este logro es motivo para felicitar a toda persona que se esfuerza para que su familia viva en las mejores condiciones posibles, cómoda, segura y en un ambiente agradable.

Pero no debemos perder de vista que esta propiedad no puede costar menos de lo que costó en su inicio, es decir, que cada día debe valer más, o al menos debe mantener su valor real. Eso es bueno para nosotros y nuestras familias ya que a futuro podemos tener buenas ganancias a partir de la inversión realizada en nuestra residencia. Recuerden que para muchas familias, la inversión en la casa propia es el único ahorro o la herencia material que deja a sus hijos

Con el tiempo, lo normal es seguir pendientes del buen estado de nuestra casa, nos preocupamos de que no haya manchas en las paredes, que todo funcione correctamente, eventualmente le hacemos mejoras o ampliaciones. Sin embargo no mantenemos la misma preocupación por las áreas comunes, ya que es frecuente pensar que no somos responsables por el buen funcionamiento y presentación de las mismas.

Cuando vivimos en comunidad (Condominio o Residencial), nuestra propiedad se compone de nuestra vivienda y de parte de las áreas comunes, de manera que no solo debemos mantener bien nuestra casa (o apartamento), sino que también debemos velar por todo el entorno compuesto por las áreas comunes. Así lograremos que nuestra propiedad no solo mantenga, sino aumente de valor.

Eventualmente nos damos cuenta de que otras personas se están haciendo cargo de ese trabajo y normalmente no generamos mayor interés en este tema sin darnos cuenta de que posiblemente no lo estén haciendo bien, dejando que nuestra propiedad se deteriore por falta de interés o de dinero para invertir en un adecuado mantenimiento o mejoras al mismo

No debemos acomodarnos a ver que las cosas están mal, debemos colaborar con las personas responsables de que todo esté funcionando bien y se vea bien, En APROCO vemos con agrado la colaboración de los condóminos para mantener más ojos alertas en adición a los nuestros, para asegurar así mantener o mejorar el valor de su propiedad.

Despertemos de nuestro letargo, veamos con criterio las necesidades de nuestro Condominio para evitar que se deteriore y cada día valga menos.

Hagámoslo por nosotros y nuestras familias, APROCO está allí para ayudarle a proteger su inversión.

¿Usted Posee la Administración adecuada para su propiedad?

Con la administración adecuada de sus bienes usted puede ganar plusvalía en su propiedad, un condominio debe ser administrado por las personas adecuadas. Es por eso que nuestra empresa con más de 12 años de experiencia en la rama le ofrece estos servicios para su tranquilidad y la de su familia.

Con una administración adecuada la plusvalía de su propiedad se incrementa.
Supervisión y Control de la Seguridad del Condominio

APROCO S.A. de C.V. da especial importancia a las funciones de seguridad de los condominios. Para lograr este objetivo contrata el personal y/o equipo necesarios para garantizar la seguridad y tranquilidad de los residentes, para lo cual contamos con el apoyo y alianza de las mas prestigiosas empresas de seguridad que operan en el país y en Centroamérica.



Establecimiento y Seguimiento a Tareas Programadas

Una de las responsabilidades de APROCO, S.A. DE C.V. como administrador es programar las tareas del día a día del personal de mantenimiento y limpieza, contratar de antemano empresas para realizar determinados proyectos y establecer los procedimientos pertinentes.

Asistencia a emergencias

APROCO S. A. de C. V. proveerá asistencia a cualquier emergencia que se presente en el condominio durante 24 horas los 365 días del ano.

Informes Periódicos

APROCO S. A. de C. V. como administrador de los fondos recolectados por medio de las cuotas de mantenimiento ordinarias y extraordinarias, tiene la responsabilidad de presentar informes según se acuerde con la Junta Directiva o Dueños del complejo. APROCO S.A. DE C.V. cuenta en la actualidad con un sistema computarizado especialmente desarrollado para presentar dichos informes proporcionando la información completa por rubros de ingresos y gastos y evaluando lo presupuestado contra el gasto real

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¿TIENE SU EDIFICIO UN PLAN DE EMERGENCIA ANTE SINIESTROS?

Es hora de dejar de pensar que las urgencias les ocurren a otros y enterarse de cómo funcionan los sistemas de evacuación de su inmueble.

MARÍA DE LA LUZ GALLEGUILLOS A.

La madrugada del domingo pasado, los moradores del edificio de 15 pisos de la Comunidad Mar del Plata en Providencia pasaron por una noche de angustia. A eso de la una y media, la copropietaria Sonia Millán detectó que su residencia estaba invadida por un espeso humo y que del departamento de abajo emanaban llamas que llegaban hasta la ventana de su cocina, en el noveno piso. Desesperada, se asomó al balcón y dio aviso a gritos del incendio. Sin que aún sonara la alarma, llamó a la conserjería y en ese momento comenzó la evacuación y el ruido ensordecedor de la chicharra. Los nocheros tocaron timbres y citófonos para alertar a la gente, incluyendo a los residentes del departamento afectado.

Cuando llegaron, los bomberos se encontraron con que los árboles no los dejaban ingresar el carro. Entraron desde la calle con las mangueras, pero detectaron fallas en las redes, por lo que su labor se dificultó. Según cuenta Sonia Millán, debido a recientes trabajos de reconversión de agua mediante una caldera a gas, muchas mangueras del edificio estaban perforadas y las llaves de la red húmeda trabadas. Además, los extintores estaban vencidos.

El comandante de Bomberos Sergio Caro explica que la red seca que deben tener en su entrada todos los edificios sobre 7 pisos, y que permite conectar sus mangueras desde el carro bomba, falló, pues estaba bloqueada en el sexto piso y debieron subir con sus equipos por las escaleras hasta el departamento siniestrado, generando confusión entre los residentes que bajaban. Tampoco funcionó la red húmeda, que son mangueras con estanque propio que deben estar en todos los pisos.

Plan de emergencia

Caro dice que habitualmente tienen problemas para combatir incendios en edificios, pues los sistemas de seguridad fallan y se topan con obstáculos de infraestructura (rejas, desniveles, accesos estrechos) o vegetación que se diseñan sin pensar en una urgencia. Otra dificultad es que las comunidades carecen de señalética y planes de emergencia. Estos últimos son exigibles por ley y deben ensayarse cada cierto tiempo, para estar preparados.

También está normado que debe avisarse la prohibición de usar los ascensores en caso de incendio, que haya un generador de electricidad de emergencia, sensores de humo, alarmas y que las redes estén operativas. Bomberos no tiene poder de fiscalización. Caro afirma que cuando se entrega un edificio ante la municipalidad ellos ofrecen su opinión técnica, pero no siempre hay interés. Según sus estadísticas, en los 3.500 incendios que atienden como promedio al año, la principal causa (14%) son problemas eléctricos. Aparentemente, este caso de Providencia se sumó a la lista.

Muchos siniestros se pueden prevenir. Como recomendación, Caro advierte que no hay que recargar las extensiones de enchufes (zapatillas) y revisar que las instalaciones estén en buenas condiciones. Si se desea ampliar el voltaje, debe hacerlo un instalador autorizado.

Jorge Wilson es asesor en seguridad y dirige el sitio www.condominios.cl (fono 2318540), dedicado a informar y capacitar en temas que afectan a las comunidades habitacionales. A su juicio, en esta materia en Chile se actúa en forma reactiva y no preventiva, es decir, después de ocurrido un desastre. Así pasó con la norma del artículo 36 de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, que exige la elaboración de un plan de emergencia ante siniestros, incorporada luego del incendio ocurrido en 1995 en un departamento de la Portada de Vitacura.

Este plan para edificios y condominios debe indicar cómo actuar en caso de incendios, terremotos y eventos similares e incluir medidas para tomar antes, durante y después del hecho, con énfasis en la evacuación durante incendios. Debe ser escrito, revisado por un especialista, aprobado por una asamblea extraordinaria, publicado, enseñado a toda la comunidad y al personal que allí labora, y practicado. La confección es de responsabilidad del Comité de Administración, debe ser actualizado anualmente y entregado a Carabineros y Bomberos.

Wilson observa que no siempre la gente actúa pensando en la comunidad y cree que los desastres les ocurren a otros. A eso apunta este plan, porque si yo provoco un accidente en un edificio, éste pasa a ser un riesgo colectivo. O sea, de cada individuo depende la seguridad de todos, lo que incluye preocuparse por tener sistemas de emergencia que funcionen y no acordarse sólo después de un siniestro.

¿Seguros comprometidos?

El artículo 36 de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria establece que todas las viviendas y dependencias de un condominio deben ser aseguradas contra riesgo de incendio, incluyendo los bienes de dominio común en la debida proporción. Cada propietario debe contratarlo, pero si no lo hace, lo hará el administrador por cuenta y cargo del primero, cobrándolo junto con los gastos comunes. Además, deberá mantenerse en el archivo de documentos un plano del condominio con indicación de los grifos, sistemas de electricidad, agua potable, alcantarillado, calefacción y de seguridad contra incendios.

Fuente: El Mercurio