¿TIENE SU EDIFICIO UN PLAN DE EMERGENCIA ANTE SINIESTROS?

Es hora de dejar de pensar que las urgencias les ocurren a otros y enterarse de cómo funcionan los sistemas de evacuación de su inmueble.

MARÍA DE LA LUZ GALLEGUILLOS A.

La madrugada del domingo pasado, los moradores del edificio de 15 pisos de la Comunidad Mar del Plata en Providencia pasaron por una noche de angustia. A eso de la una y media, la copropietaria Sonia Millán detectó que su residencia estaba invadida por un espeso humo y que del departamento de abajo emanaban llamas que llegaban hasta la ventana de su cocina, en el noveno piso. Desesperada, se asomó al balcón y dio aviso a gritos del incendio. Sin que aún sonara la alarma, llamó a la conserjería y en ese momento comenzó la evacuación y el ruido ensordecedor de la chicharra. Los nocheros tocaron timbres y citófonos para alertar a la gente, incluyendo a los residentes del departamento afectado.

Cuando llegaron, los bomberos se encontraron con que los árboles no los dejaban ingresar el carro. Entraron desde la calle con las mangueras, pero detectaron fallas en las redes, por lo que su labor se dificultó. Según cuenta Sonia Millán, debido a recientes trabajos de reconversión de agua mediante una caldera a gas, muchas mangueras del edificio estaban perforadas y las llaves de la red húmeda trabadas. Además, los extintores estaban vencidos.

El comandante de Bomberos Sergio Caro explica que la red seca que deben tener en su entrada todos los edificios sobre 7 pisos, y que permite conectar sus mangueras desde el carro bomba, falló, pues estaba bloqueada en el sexto piso y debieron subir con sus equipos por las escaleras hasta el departamento siniestrado, generando confusión entre los residentes que bajaban. Tampoco funcionó la red húmeda, que son mangueras con estanque propio que deben estar en todos los pisos.

Plan de emergencia

Caro dice que habitualmente tienen problemas para combatir incendios en edificios, pues los sistemas de seguridad fallan y se topan con obstáculos de infraestructura (rejas, desniveles, accesos estrechos) o vegetación que se diseñan sin pensar en una urgencia. Otra dificultad es que las comunidades carecen de señalética y planes de emergencia. Estos últimos son exigibles por ley y deben ensayarse cada cierto tiempo, para estar preparados.

También está normado que debe avisarse la prohibición de usar los ascensores en caso de incendio, que haya un generador de electricidad de emergencia, sensores de humo, alarmas y que las redes estén operativas. Bomberos no tiene poder de fiscalización. Caro afirma que cuando se entrega un edificio ante la municipalidad ellos ofrecen su opinión técnica, pero no siempre hay interés. Según sus estadísticas, en los 3.500 incendios que atienden como promedio al año, la principal causa (14%) son problemas eléctricos. Aparentemente, este caso de Providencia se sumó a la lista.

Muchos siniestros se pueden prevenir. Como recomendación, Caro advierte que no hay que recargar las extensiones de enchufes (zapatillas) y revisar que las instalaciones estén en buenas condiciones. Si se desea ampliar el voltaje, debe hacerlo un instalador autorizado.

Jorge Wilson es asesor en seguridad y dirige el sitio www.condominios.cl (fono 2318540), dedicado a informar y capacitar en temas que afectan a las comunidades habitacionales. A su juicio, en esta materia en Chile se actúa en forma reactiva y no preventiva, es decir, después de ocurrido un desastre. Así pasó con la norma del artículo 36 de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, que exige la elaboración de un plan de emergencia ante siniestros, incorporada luego del incendio ocurrido en 1995 en un departamento de la Portada de Vitacura.

Este plan para edificios y condominios debe indicar cómo actuar en caso de incendios, terremotos y eventos similares e incluir medidas para tomar antes, durante y después del hecho, con énfasis en la evacuación durante incendios. Debe ser escrito, revisado por un especialista, aprobado por una asamblea extraordinaria, publicado, enseñado a toda la comunidad y al personal que allí labora, y practicado. La confección es de responsabilidad del Comité de Administración, debe ser actualizado anualmente y entregado a Carabineros y Bomberos.

Wilson observa que no siempre la gente actúa pensando en la comunidad y cree que los desastres les ocurren a otros. A eso apunta este plan, porque si yo provoco un accidente en un edificio, éste pasa a ser un riesgo colectivo. O sea, de cada individuo depende la seguridad de todos, lo que incluye preocuparse por tener sistemas de emergencia que funcionen y no acordarse sólo después de un siniestro.

¿Seguros comprometidos?

El artículo 36 de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria establece que todas las viviendas y dependencias de un condominio deben ser aseguradas contra riesgo de incendio, incluyendo los bienes de dominio común en la debida proporción. Cada propietario debe contratarlo, pero si no lo hace, lo hará el administrador por cuenta y cargo del primero, cobrándolo junto con los gastos comunes. Además, deberá mantenerse en el archivo de documentos un plano del condominio con indicación de los grifos, sistemas de electricidad, agua potable, alcantarillado, calefacción y de seguridad contra incendios.

Fuente: El Mercurio

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